Calendario de
Actividades

 
 
 
 
 
 
 
Notas de Interés
 
 
      PDF   imprimir
 
 

ACUERDO CCLA-60/2005

Constitución del Comité Sindical Andino de
Salud Laboral y Medio Ambiente

 

El Consejo Consultivo Laboral Andino

CONSIDERANDO :

  • Que el fortalecimiento del proceso de integración andino plantea el reto de priorizar los componentes sociolaborales, y la temática de la salud laboral y medio ambiente como un aspecto sustancial, por estar vinculado a derechos humanos fundamentales como son el derecho a la vida y la salud en el trabajo.

  • En la Región Andina se requiere encontrar mecanismos y estrategias que promuevan la mejora significativa de las condiciones y la calidad del trabajo en nuestros países. Las políticas laborales implementadas han generado una mayor precarización del trabajo y un creciente deterioro de la calidad del trabajo.

  • Desde los orígenes del sindicalismo y del propio Consejo Consultivo Laboral Andino (CCLA) se estableció la prioridad sindical de contribuir con la prevención de los riesgos laborales. Actuar en la prevención de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales supone mejorar las actuales condiciones de trabajo extremadamente precarias en nuestros países.

  • Que las centrales sindicales internacionales vienen impulsando políticas a favor de una defensa más efectiva de la salud y vida en el trabajo, por considerarla un aspecto central que apuntala la unidad de acción del movimiento sindical internacional.

  • Que, los avances en las mejoras de la calidad del trabajo no sólo requieren declaraciones de política sindical sino que plantea la exigencia de acciones concretas orientadas a reducir los accidentes de trabajo, las enfermedades profesionales y aquellas patologías asociadas a condiciones de trabajo insalubres e inseguras.

  • Que por atender otras prioridades en la acción sindical, la defensa de la salud laboral y el medio ambiente han sufrido una falta de prioridad por parte de algunas centrales sindicales en la Región Andina en los últimos años; sin embargo es una situación que se debe revertir.

  • Que es importante anotar las recientes Opiniones del Consejo Consultivo Laboral Andino, en particular la Opinión No. 007 en la cual se reconoce la prioridad de atención a la defensa de la salud laboral y al medio ambiente.

  • Que, el 9 de junio del 2005 en Ginebra el Consejo Asesor de Ministros de Trabajo alcanzó e n el tema de Seguridad y Salud en el Trabajo, pleno consenso político. Por lo cual, la Decisión No. 584 y su reglamento se constituyen en normas comunitarias andinas vinculantes para los países. En el proceso de armonización normativo y de aplicabilidad del citado instrumento, el CCLA y las centrales sindicales deberemos de cumplir un papel proactivo y con iniciativas que promuevan la participación sindical.

ACUERDA:

  • Aprobar la constitución de la "Comité Sindical Andino de Salud Laboral y Medio Ambiente” conformada por los y las representantes designados por las diferentes Centrales Sindicales que forman parte del Consejo Consultivo Laboral Andino.

  • Aprobar que dicho Comité esté conformado por representantes designados por cada central sindical, formularán sus líneas de acción para la Región Andina, responderán ante el Consejo Consultivo Laboral Andino y frente a cada Capítulo Nacional del CCLA a quienes informarán de sus actividades y propuestas de trabajo; debiendo el CCLA comprometerse con las iniciativas aprobadas.

  • Exhortar a las Centrales Sindicales Andinas, que conforman el Consejo Consultivo Laboral Andino, a prestar su máximo apoyo para hacer realidad esta iniciativa, promoviendo la constitución de Capítulos Nacionales de dicho Comité Sindical Andina en cada uno de los países de la Subregión.

  • El Comité mantendrá los mismos criterios y principios organizativos de los cuales se ha dotado el CCLA y que han demostrado su eficacia a lo largo de los años. Por tanto, cada Capítulo nacional mantendrá el mismo criterio de rotación que el CCLA. Asimismo, es importante la designación de un/una titular y un/una alterna a fin de facilitar el compromiso en las tareas y actividades de cada central.

  • Encargar a la Presidencia del Consejo Consultivo Laboral Andino que invoquen a las organizaciones sindicales de nivel regional (ORIT, la CLAT y CPUSTAL), a comprometer su apoyo decidido en favor de esta iniciativa.

Dado en la ciudad de Asunción, Paraguay, el 17 de junio del 2005.

Ratificado XIV Reunión Ordinaria del CCLA

 

 
 
 
© Todos los derechos reservados a www.ccla.org.pe
Av. Paseo de la República 3832 Of. 502 San Isidro. Lima 27 Perú.
Telefax: (+51-1) 2226124 / Telf: (+51-1) 4217334