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ACUERDO CCLA-64/2006

PARTICIPACION SINDICAL EN LA CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO, 94ª REUNIÓN (2006)
DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)

 

El Consejo Consultivo Laboral Andino

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Consultivo Laboral Andino (CCLA), es una institución consultiva del Sistema Andino de Integración, que agrupa a los representantes de las Confederaciones Sindicales más representativas de cada uno de los Países Andinos, como son Bolivia, Colombia, Ecuador, Venezuela y Perú; siendo su responsabilidad, como órgano de la Comunidad Andina emitir opinión sobre los programas y actividades comunitarias y más ampliamente contribuir a diseñar e implementar una Agenda Social para la Comunidad Andina que dote a dicho proceso de una Dimensión Social garantizando una vigencia plena de los derechos laborales fundamentales y mejores condiciones de vida y trabajo de los trabajadores andinos.
Que, la Oficina Internacional del Trabajo es la Secretaría de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), organismo especializado de las Naciones Unidas que procura fomentar la justicia social y los derechos humanos y laborales internacionalmente reconocidos, contando para ello con una estructura tripartita, en la que los trabajadores y los empleadores participan en pie de igualdad con los gobiernos en las labores de sus órganos de administración.

Que para la 94º. Conferencia Internacional del Trabajo, a celebrarse durante los meses de mayo y junio del 2006, en la sede institucional de la OIT, en Ginebra se tiene previsto un tema de especial interés para el CCLA, se trata del Proyecto de Convenio Internacional denominado: “Marco de promoción en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo”.
Que, en la reunión del Consejo de Administración de la OIT, de noviembre de 2000, y tras un intenso período de consultas con los mandantes, se formuló una propuesta para examinar un nuevo enfoque para la elaboración denominado “enfoque integrado”. Este enfoque está destinado a reforzar la coherencia, la pertinencia, los efectos de las normas y se basa en la premisa que los puntos relacionados con la elaboración de normas debían ser seleccionados en un contexto más amplio que abarcara todo un tema y tuviera en cuenta las actividades normativas de la OIT y promoviera el consenso.

Que, para el CCLA, el espacio institucional para atender la temática de la salud laboral es la Organización Internacional del Trabajo y no las entidades como la ISO. El argumento es central, la OIT debe propender a establecer un espacio de participación tripartita, paritaria y especializada; mientras que ISO es una entidad con fines de lucro y cuya función de acreditación no depende del cumplimiento de criterios efectivos y eficaces para la acción preventiva sino del cumplimiento de criterios de gestión administrativa.
Que, se debe mantener y fortalecer el contenido obligatorio de la legislación en salud laboral y de los mecanismos de control heterónomo bajo responsabilidad del Estado y especial de la administración del trabajo a través de la Inspección del Trabajo.
Que, la práctica social y diversos estudios lo han verificado, las organizaciones sindicales se constituyen en un mecanismo preventivo muy eficaz tanto a nivel de ramas de actividad económica como de los centros de trabajo y a nivel nacional.

ACUERDA:

  1. Encargar al Instituto Laboral Andino (ILA) órgano técnico del CCLA que reúna la información sobre quienes serán los representantes sindicales que participarán en los meses de mayo-junio en la Conferencia Internacional del Trabajo, 94.a reunión, 2006 y brindarles la información necesaria.
  2. Promover que las organizaciones sindicales participantes se inscriban en la Comisión que debatirá este tema a fin de avanzar en posiciones comunes en defensa de los derechos a la salud laboral y lograr la aprobación del Convenio sobre: “Marco de promoción en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo”.
  3. Encargar al ILA la elaboración de una Directiva conteniendo el análisis de la propuesta de Convenio a debate así como delinear una estrategia sindical respecto a los puntos prioritarios a ser defendidos.
  4. Promover una articulación con las Organizaciones Sindicales Mundiales CIOSL/ORIT, CMT/CLAT y FSM/CPUSTAL a efectos de adoptar una metodología común de trabajo sindical en dicha Comisión.
  5. Reiterar la importancia de la organización sindical como instrumento preventivo de primera línea en las empresas, a nivel sectorial y a nivel nacional.

 

La Paz,  30 de Marzo del 2006

 

 
 
 
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