Opinión
006: Participación del Consejo Consultivo Laboral Andino
en el nuevo Convenio Simón Rodríguez
Lima, 28 de febrero de 2000
Señor Doctor
FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA
Presidente
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores
Lima, Perú
Embajador
SEBASTIAN ALEGRETT
Secretario General
Secretaría General de la Comunidad Andina
Lima, Perú
De mi consideración:
El Consejo Consultivo Laboral
Andino (CCLA), basado en el Artículo 44 del Acuerdo
de Cartagena, en las Decisiones 441 y 464 de la Comisión
de la Comunidad Andina, y en uso de las atribuciones conferidas
a esta Presidencia por el Acuerdo CCLA 09/99 de mayo de 1999,
ha decidido emitir la siguiente Opinión sobre
PARTICIPACION DEL CONSEJO CONSULTIVO
LABORAL ANDINO EN EL NUEVO CONVENIO SIMON RODRIGUEZ
Consideraciones:
- El Consejo Consultivo Laboral Andino ha sostenido en
reiteradas ocasiones la necesidad de perfeccionar y consolidar
la participación de los sectores empresarial y laboral
andinos en la marcha del proceso de integración,
hecho que, además, es refrendado por las directrices
del Consejo Presidencial Andino.
- En cumplimiento de la Directriz 38 del XI Consejo Presidencial
Andino, los Ministros, Viceministros y Expertos del Trabajo
de la Comunidad Andina han realizado una serie de reuniones
técnicas a lo largo de 1999, con la finalidad de
discutir el texto del Proyecto de Protocolo Modificatorio
del Convenio Simón Rodríguez, que será
presentado próximamente a consideración del
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y del
XII Consejo Presidencial Andino.
- En la Opinión 004, emitida por este Consejo Consultivo
ante la Secretaría General de la Comunidad Andina
en mayo de 1999, señalamos la importancia de transformar
el Convenio Simón Rodríguez en un espacio
de activa participación de la sociedad civil andina,
como mecanismo que contribuya a la discusión y propuesta
de soluciones concretas a los acuciantes problemas sociales
que compartimos.
- En tal sentido, el Consejo Consultivo Laboral Andino
ha participado en todas las reuniones técnicas organizadas
por los Ministerios de Trabajo de la Subregión para
presentar sus puntos de vista en torno a la modificación
del Convenio Simón Rodríguez y ha señalado
reiteradamente la necesidad de brindar una participación
amplia a ambos Consejos Consultivos dentro de la nueva estructura
institucional que tendrá dicho Convenio.
- El Consejo Consultivo Laboral Andino apoya totalmente
la iniciativa presentada por la Secretaría General
de la Comunidad Andina en el sentido que el nuevo Convenio
Simón Rodríguez debe garantizar una participación
tripartita paritaria en sus deliberaciones para los tres
sectores directamente involucrados en la temática
sociolaboral dentro de la Subregión. Es decir, la
Conferencia, futuro órgano máximo de dicho
Convenio, debe contar con la presencia de los cinco Ministros
de Trabajo, de cinco delegados del Consejo Consultivo Empresarial
Andino (representados por su Presidente y sus cuatro Coordinadores
de los Capítulos Nacionales) y de cinco delegados
del Consejo Consultivo Laboral Andino (representados por
su Presidente y sus cuatro Coordinadores de los Capítulos
Nacionales).
- Por lo tanto, este Consejo Consultivo observa con profunda
preocupación la posición asumida por algunas
delegaciones de los Ministerios de Trabajo de la Subregión
en el sentido de oponerse a esta participación tripartita
paritaria al interior del futuro órgano máximo
del Convenio, reduciendo su esquema de participación
tan sólo a los 5 Ministros de Trabajo y a los Presidentes
de ambos Consejos Consultivos.
En consecuencia,
El Consejo Consultivo Laboral
Andino Opina que:
Es fundamental asegurar una adecuada
participación tripartita paritaria al interior del
nuevo Convenio Simón Rodríguez, como mecanismo
idóneo que le permita consolidarse como el máximo
Foro de Debate y Participación para los temas sociolaborales
al interior de la Comunidad Andina.
Por tal razón, considera necesario llamar la atención
de los demás órganos del Sistema Andino de Integración,
especialmente del Consejo Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores, a fin de preservar la propuesta técnica
que originalmente la Secretaría General de la Comunidad
Andina ha formulado sobre el particular.
Atentamente,
Juan José Gorritti Valle
Presidente
Consejo Consultivo Laboral Andino
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