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Opinión 010: Promoción del derecho de negociación colectiva

 

Lima, 9 de junio de 2000

Señor Doctor
FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA
Presidente
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores
Lima, Perú

Embajador
SEBASTIAN ALEGRETT
Secretario General
Secretaría General de la Comunidad Andina
Lima, Perú

De mi consideración:

El Consejo Consultivo Laboral Andino (CCLA), basado en el Artículo44 del Acuerdo de Cartagena, en las Decisiones 441 y 464 de la Comisión de la Comunidad Andina, y en uso de las atribuciones conferidas a esta Presidencia por el Acuerdo CCLA 09/99 de mayo de 1999, ha decidido emitir la siguiente Opinión sobre:

PROMOCIÓN DEL DERECHO DE NEGOCIACION COLECTIVA

Considerando:

  1. Que, en los últimos 10 años se han producido importantes reformas de la legislación laboral en la mayoría de los países de la región andina, especialmente a través de una propuesta neoliberal orientada a flexibilizar la relación laboral y disminuir el papel regulador del Estado, bajo el supuesto que ello mejoraría la competitividad y contribuiría a la modernización productiva de nuestros países, generando mayor empleo;

  2. Que, en la práctica, dichas modificaciones sólo han conseguido desarticular y limitar la capacidad de acción de las organizaciones sindicales, impidiéndoles proteger adecuadamente los intereses de los trabajadores, razón esencial de su existencia;

  3. Que, un instrumento básico del movimiento sindical para promover mejores condiciones de vida y trabajo entre los trabajadores, lo constituye la Negociación Colectiva;

  4. Que, el ejercicio del derecho de negociación colectiva en los países andinos ha sufrido un grave deterioro, que se expresa en una disminución del número de convenios firmados, reducción del ámbito de trabajadores cubiertos por los mismos; así como el empobrecimiento del contenido y calidad de sus cláusulas y un condicionamiento a favor de las negociaciones a nivel de empresa en detrimento de las negociaciones por rama;

  5. Que, conscientes de que el derecho de negociación colectiva constituye una pieza clave para sustentar un nuevo desarrollo sindical, garantizar el progreso y sentar las bases para un diálogo social amplio que ponga los frutos del desarrollo al servicio de las grandes mayorías;

  6. Que, es indispensable adoptar una serie de medidas tendentes a revertir la situación descrita en el considerando 4 y permita un real ejercicio del derecho de negociación colectiva

EL CONSEJO CONSULTIVO LABORAL ANDINO OPINA QUE:

  1. Es indispensable que los Ministros de Trabajo del área andina implementen un mecanismo tripartito de promoción, seguimiento y verificación, del respeto por parte de las Empresas al ejercicio del derecho de Negociación Colectiva y el cumplimiento por parte de los gobiernos andinos de las Recomendaciones expedidas por el Comité de Expertos en Aplicación de Convenios y el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo - OIT, que permita anualmente presentar un informe del estado de la negociación colectiva en la subregión andina, debiendo asumir la responsabilidad de su publicación el Ministro de Trabajo que ejerza la Coordinación anual respectiva.

  2. Exhortar a los Ministros Andinos de Trabajo, que frente al grave deterioro sufrido por el derecho de Negociación Colectiva en los países de la región, promueven una reforma legislativa orientada a remover todos los obstáculos que impiden el acceso, ejercicio y disfrute del citado derecho, por parte de la mayoría de trabajadores andinos.

  3. Los Ministros de Trabajo del área andina, en los Anuarios Estadísticos de los Ministerios a su cargo, deberían incluir la siguiente información:
  1. El número de Pliegos de Reclamos presentados anualmente por las organizaciones sindicales.

  2. El número de Convenios Colectivos suscritos entre empresarios y trabajadores anualmente.

  3. Un cuadro con la evolución quinquenal de dichos indicadores, incluyendo sus variaciones del ultimo año.

En tal sentido, el Consejo Consultivo Laboral Andino seguirá efectuando las coordinaciones correspondientes a efectos de participar activamente en todas las iniciativas orientadas a defender y ampliar el derecho de negociación colectiva en la Subregión.

Atentamente

Juan José Gorriti
Presidente
Consejo Consultivo Laboral Andino

 

 
 
 
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