Opinión
N° 026
El pleno del Consejo Consultivo Laboral Andino (CCLA), basado en el Artículo 44° del Acuerdo de Cartagena, en las Decisiones 441° y 464° de la Comisión de la Comunidad Andina y con ocasión de su XII Reunión Ordinaria celebrada en la ciudad de Lima – Perú, ha decidido emitir la siguiente Opinión sobre:
POSICION DEL CCLA A LA CONFORMACION DE UNA
COMUNIDAD SUDAMERICANA DE NACIONES
Considerando:
Que, con ocasión de la III Cumbre Presidencial Sudamericana, realizada en Cuzco con fecha 8 de Diciembre, los Presidentes reunidos acordaron la conformación de una Comunidad Sudamericana de Naciones (CSN).
Que, dicha decisión recoge una antigua aspiración y anhelos de nuestros pueblos a favor de la integración, la construcción de un futuro común en aras de un proceso de unidad entre nuestros países.
Que, La Comunidad Sudamericana se construirá a través de de la convergencia progresiva de la CAN y el MERCOSUR, sumando a Chile. Guyana y Surinam, también sudamericanos, quienes estarán asociados al proceso.
Que, este primer y simbólico paso requiere ser complementado con nuevos acuerdos y decisiones que llenen de contenido y hagan realidad dicho proyecto
El Consejo Consultivo Laboral Andino (CCLA) OPINA:
- Expresando su apoyo decidido a dicha iniciativa que recoge planteamientos sindicales levantados por el CCLA y que se expresaran en diversas declaraciones y comunicaciones a favor de promover la ampliación del espacio comunitario y las relaciones como bloque con MERCOSUR, orientadas a fortalecer el espacio sudamericano.
- Destacar que este respaldo asume que dicho proyecto busca desarrollar un nuevo modelo de integración, impulsando la construcción de un desarrollo regional equitativo, orientado a promover el mercado interno, la complementación productiva regional e intraregional y con inclusión social.
- Resalta la necesidad de impulsar un proceso de consolidación de dicha iniciativa que a la postre debe ameritar la suscripción de un Tratado constitutivo de carácter vinculante que dote a la nueva Comunidad Sudamericana de Naciones (CSN) de una estructura y órganos propios destinados a implementar los objetivos que persigue.
- Resulta prioritario garantizar en las nuevas estructuras de la Comunidad Sudamericana de Naciones una amplia y activa participación de la sociedad civil, en general y de los sindicatos en particular, siendo esta una oportunidad para que en la arquitectura institucional que se viene diseñando se superen las limitaciones que en el pasado ha tenido esa participación.
- En particular nos interesa destacar la necesidad de reconocer la consulta obligatoria, a los órganos de participación social, para aquellas áreas de su competencia y aquellas que resulten centrales en el proyecto CSN, sin la cual, la nueva institución no pueda aprobar ninguna normativa comunitaria al respecto.
- Encargar a la Presidencia que transmita la presente opinión al Consejo Presidencial Andino, Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores, la Comisión, la Secretaría General, el Tribunal Andino de Justicia, el Parlamento Andino, el Consejo Asesor de Ministros de Trabajo, los Consejos Consultivos de la CAN; así como a la Coordinadora de Centrales Sindicales del Cono Sur (CCSCS) y ALADI entre otras instancias.
Lima, 7 de Abril del 2005
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