CONDICION DE MIEMBRO ASOCIADO EN LA COMUNIDAD ANDINA (CAN) Y EN EL MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR)
Beatriz Miranda de la Lama*
Como uno de los primeros pasos para materializar la integración de los países que conforman el sur del continente americano, tanto la Comunidad Andina – CAN como el MERCOSUR se han pronunciado a favor de abrir sus espacios internos a la participación de los países vecinos sudamericanos en calidad de asociados. Este hecho se da en miras de la construcción de la Comunidad Sudamericana de Naciones.
El Mercado Común del Sur o MERCOSUR y la Comunidad Andina o CAN, tienen como propósito promover el libre intercambio y movimiento de bienes, personas y capital entre los países que lo integran. Así como avanzar a una mayor integración económica, política y cultural entre sus países miembros y asociados.
En el caso del MERCOSUR (creado el 26 de Marzo de 1991 por el Tratado de Asunción) esta compuesto por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, y tiene como estados asociados a Bolivia y Chile desde 1996, a Perú, Colombia, Ecuador y Venezuela desde 2003 y 2004, por medio de los Acuerdos de Complementación Económica firmado entre el Mercosur y cada país asociado. La aprobación de calidad de estado asociado se da mediante decisiones emanadas del Consejo del Mercado Común.
Por su lado la CAN (creada por el Acuerdo de Cartagena el 26 de Mayo de 1969) está integrada por cinco países: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, junto con los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración. Constituye uno de los procesos pioneros en lo que a integración se refiere.
Mediante la Decisión Comunitaria Nº 613 del 7 de Julio del 2005 , y vista la solicitud de ingreso como miembros de la CAN, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores reunido en forma ampliada con los representantes titulares ante la Comisión, otorgaron la condición de Miembro Asociado a la República de Argentina, la República Federativa de Brasil, la República de Paraguay y la Republica Oriental del Uruguay, Estados partes del MERCOSUR.
El estatus de estado asociado para el MERCOSUR, se establece por acuerdos bilaterales. En dichos acuerdos se establece un cronograma para la creación de una zona de libre comercio (reducción o eliminación de aranceles o impuestos al comercio, exportaciones e importaciones, estableciendo una política comercial común) con los países del MERCOSUR y la gradual reducción de las tarifas arancelarias entre el MERCOSUR y los países firmantes. Como estado asociado pueden participar en calidad de invitados a las reuniones de los organismos del MERCOSUR y efectuar convenios sobre materias puntuales.
La participación de los Estados Asociados en cada reunión podrá darse por invitación del propio órgano MERCOSUR o como respuesta a una solicitud del Estado Asociado. Los Estados Asociados del MERCOSUR están invitados a participar en todas las reuniones del Foro de Consulta y Concertación Política en temas relacionados con la agenda de interés común.
En todos los casos la participación de los Estados Asociados, así como la agenda de los temas a tratar, deberá ser aprobada por los Coordinadores Nacionales de los cuatro Estados Partes del MERCOSUR del órgano de que se trate y puesta en conocimiento del órgano decisorio correspondiente, cuando sea el caso.
En el caso de la Comunidad Andina, los Miembros Asociados podrán ser invitados a participar en las reuniones de los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración, a iniciativa del propio órgano o institución o como respuesta a una solicitud del Miembro Asociado, para abordar temas de interés común. En todos los casos, la participación de los Miembros Asociados en las reuniones de los órganos o instituciones del Sistema Andino de Integración, así como la agenda de los temas a tratar, deberá ser aprobada por los Países Miembros a través del órgano correspondiente .
En ambos casos, es decir cuando los Miembros Asociados de la CAN participen en reuniones de los órganos o instituciones del Sistema Andino de Integración, o cuando los Estados Asociados del MERCOSUR participaren de reuniones de los órganos del MERCOSUR, se desarrollarán en dos sesiones, siendo la primera entre los Países Miembros de la Comunidad Andina o entre los Estados Partes del MERCOSUR, respectivamente.
En atención a esto, es que el 20 de Junio en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, se realizó la XXVIII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común y Cumbre de Presidentes del MERCOSUR que contó con la participación de Presidentes y Ministros de los Estados Partes del MERCOSUR; Estados Asociados; Panamá y México, además de representantes del BID, ALADI, CAN, CAF, Canadá, India e Israel.
A su vez, los Presidentes de los Países Miembros de la Comunidad Andina (CAN) celebraron su XVI Cumbre el 18 de julio en Lima, Perú, con la participación, por primera vez, de los países del Mercosur como Miembros Asociados de la CAN, así como Chile, Panamá y México en calidad de países observadores.
Como tradicionalmente se estila, en ambas reunión se emitieron diversos documentos de gran interés, entre ellos el Comunicado y la Declaración conjunta de los Estados partes del MERCOSUR y los Estados Asociados y del Consejo Presidencial Andino y de los miembros asociados respectivamente.
Finalmente y citando lo manifestado por el Presidente Uribe de Colombia en la reunión del 20 de Junio en la ciudad de Asunción - Paraguay concluimos con lo siguiente: " ¿Todo esto para qué? Para avanzar hacia unas metas muy exigentes de integración, de desarrollo económico, que tienen una razón de ser: la erradicación de la pobreza y la construcción de equidad social en nuestro continente .
*Abogada
Consejo Consultivo Laboral Andino - CCLA
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